1 de junio - Día Internacional de la Infancia
La idea de festejar el «Día del niño» surgió en 1959, cuando la Asamblea General de la ONU decidió reafirmar los derechos de los niños, mediante la aprobación de la Declaración de los Derechos del Niño y la Convención Sobre Los Derechos del Niño. Ese día, la ONU acordó que cada país tendría que instituir en su calendario el Día Internacional de la Infancia o del Niño y en la fecha que quisiera cada estado.
Muchos países han mantenido la fecha que en un principio se acordó, el 1 de junio, pero en muchos otros, se modificó, celebrándose el 20 de noviembre.
CLAVE-A celebra el Día Internacional de la Infancia los dos días
«No hay causa que merezca más alta prioridad que la protección y el desarrollo del niño, de quien dependen la supervivencia, la estabilidad y el progreso de todas las naciones y, de hecho, de la civilización humana». (Fuente: Plan de acción de la Cumbre Mundial a favor de la Infancia, 30 de septiembre de 1990).
Declaración de los Derechos del Niño (Fuente: Naciones Unidas)
PREÁMBULO
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre y en la dignidad y el valor de la persona humana, y su determinación de promover el progreso social y elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad,
Considerando que las Naciones Unidas han proclamado en la Declaración Universal de Derechos Humanos que toda persona tiene todos los derechos y libertades enunciados en ella, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, opinión política o de cualquiera otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición,
Considerando que el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento,
Considerando que la necesidad de esa protección especial ha sido enunciada en la Declaración de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño y reconocida en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los convenios constitutivos de los organismos especializados y de las organizaciones internacionales que se interesan en el bienestar del niño,
Considerando que la humanidad debe al niño lo mejor que puede darle,
La Asamblea General
Proclama la presente Declaración de los Derechos del Niño a fin de que éste pueda tener una infancia feliz y gozar, en su propio bien y en bien de la sociedad, de los derechos y libertades que en ella se enuncian e insta a los padres, a los hombres y mujeres individualmente y a las organizaciones particulares, autoridades locales y gobiernos nacionales a que reconozcan esos derechos y luchen por su observancia con medidas legislativas y de otra índole adoptadas progresivamente en conformidad con los siguientes principios:
PRINCIPIO 1
PRINCIPIO 2
PRINCIPIO 3
PRINCIPIO 4
PRINCIPIO 5
PRINCIPIO 6
PRINCIPIO 7
El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres.
El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho.
PRINCIPIO 8
PRINCIPIO 9
No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.
PRINCIPIO 10
Convención sobre los Derechos del Niño
La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) es un tratado internacional que reconoce los derechos humanos de los niños y las niñas, definidos como personas menores de 18 años, y que obliga a los gobiernos a cumplirlos.